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Autor

Laura Sánchez y Óscar Veiman Mejía

LA PATRIA | MANIZALES

Los tres casos de parejas conformadas por docente-alumna alarmaron a la Secretaría de Educación de Caldas. Los relatos de padres de familia llevaron a que la dependencia les sugiera a los colegios incluir lo siguiente en los manuales de convivencia:

-"Se prohíbe todo tipo de relaciones amorosas y hasta la más mínima demostración de afecto entre docentes y estudiantes, dentro y fuera de la institución educativa, teniendo en cuenta que aún por fuera del plantel, los docentes siguen conservando su calidad de tales".

Los hechos los expusieron ante directivos de los tres colegios, la Secretaría de Educación. Ahora son analizados en comisarías de familias para determinar si ameritan pasar a instancias judiciales.

Manuel José Vargas, profesional especializado de la Unidad de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación de Caldas, dijo que no es algo generalizado. "Estos tres casos merecían tener la consideración de la administración para que no hicieran metástasis en las demás instituciones".

Un hecho tiene que ver con un profesor con antecedentes de donde venía trasladado, siendo una alumna menor de edad objeto de la conducta, algo similar a otro asunto reportado. Y una más está relacionado con una docente y una alumna, en zona rural.

Estas personas, según la Gobernación, abusaron de la autoridad, poder de dirección sobre los estudiantes, para entablar las relaciones de pareja con ellos.

Hay que recordar que la mayoría de estudiantes en Caldas son menores de edad. En Colombia el Bienestar Familiar explica que niños son hasta 12 y adolescentes hasta 18. "Se les considera como seres vulnerables y por lo tanto son los sujetos más importantes en el ordenamiento jurídico".

Argumentos

El funcionario añadió que la solicitud tiene dos bases. La primera como protección a la integridad sexual, que es un derecho fundamental de los niños. Y la segunda para integridad jurídica del profesor.

Este último aspecto lo ilustra con un fallo de la Procuraduría, en segunda instancia, que suspendió e inhabilitó por tres meses a un educador del Cauca. La decisión indica que el profesor desbordó su rol de la relación alumno-docente, al cortejar y sostener una relación en el 2012 y 2013 con una menor, que cursaba 10 y 11, y estaba bajo su orientación y formación académica, social y personal, por ser su alumna.

La falta disciplinaria fue calificada por la Procuraduría como grave a título de dolo (engaño o fraude llevados a cabo con la intención de hacer daño) por considerar que su conducta era evitable.

Concluye el fallo: "En su condición de educador debió asumir un comportamiento propio y con el decoro del cargo que ostenta, a sabiendas de la responsabilidad que tenía de formar y guiar...".

Otro punto que expone el profesional de la Unidad de Inspección y Vigilancia remite al Código Penal, específicamente al artículo 29, pues asegura que un profesor sacaría provecho de su superioridad o autoridad.

Lo penal

El Código señala que incurrirá en prisión de uno a tres años, quien en beneficio propio o de un tercero y valiéndose de su superioridad o relaciones de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente con fines sexuales no consentidos".

La Secretaría también conceptúa que padres envían a sus hijos no solo a estudiar, también lo hacen con la convicción de que el personal docente y directivo docente ayudará en su cuidado y en su formación personal.

Agrega: "Y el docente llega a la institución a impartir su labor pedagógica con la mejor actitud, sobre la base del respeto y no a entablar relaciones personales con sus estudiantes".

Para rematar lo que ha expresado la Corte Constitucional: "los educadores deben ser personas idóneas, esto es que deben contar con una preparación integral a nivel académico, espiritual, y ético-moral que garantice una adecuada prestación del servicio público de educación a los estudiantes".

El Manual

* Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes.

* El Artículo 92 de la Ley 115 de 1994 habla del deber de los colegios con la formación integral. Se traduce en que la educación debe favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, fortaleciendo la formación de valores ético-morales, ciudadanos, religiosos y de los saberes culturales, científicos y técnicos, aplicados a las expectativas de vida que estos tengan, además de su papel activo en la sociedad.

De acuerdo

Leonardo Andrés López, rector I.E. San Gerardo María Mayela (Norcasia): Está muy claro que un docente no tiene porqué meterse con un estudiante. Estoy de acuerdo con que se incluya en el Manual de Convivencia porque ayuda a detener tantos casos que se pueden convertir en lamentables. Ayuda a prevenir situaciones.

Edgar Alberto Hernández, rector I.E. Liceo Claudina Múnera (Aguadas): La sugerencia de la Secretaría de Educación es correcta, estaba en mora de hacerlo. En este contexto para un docente, con nivel de autoridad y de conocimiento, va a tener un problema de legalidad sin precedentes. No tiene presentación que un colegio acolite esto. La Secretaría dejó pasar mucho casos, se hizo la de la vista gorda.

Luisa Fernanda Garcés, psicoorientadora I.E. Crisanto Luque (Filadelfia): Es un muy apropiado que manejemos un solo idioma. Sin embargo, en nuestro Manual está el tema de las expresiones afectivas en los deberes de los estudiantes, pero no en el de los docentes. Ya empezamos la socialización con los docentes para hacer lo propio en el Consejo Directivo del colegio.

Libardo Andrés Ocampo, profesor I.E. Crisanto Luque (Filadelfia): Es bueno que lo puedan incluir. Los manuales de convivencia a veces solo se limitan a expresar situaciones afectivas como besos y caricias que generen mal ejemplo para sus compañeros. Cuando hay muchas más manifestaciones que no vemos.

Deisy Paola Zambrano, estudiante I.E. Alfonso López (La Dorada): Es una idea que deben tener en cuenta porque en algunos colegios los profesores que tienen relaciones con los estudiantes les pasan las materias. No dan ejemplo, y se pierde el respeto por el docente.

César Lepineux, docente I.E. Alfonso López (La Dorada): Es un tema que debería estar naturalizado, pero es muy sensible porque la relación entre docentes y estudiantes puede ser estrecha porque trabajamos con población vulnerable. Es importante que esté regulado en el Manual, debe hacer siempre una distancia, una confianza pero con respeto.

Angela Marín, madre (Neira): Ante la sociedad no está bien visto que un profesor tenga relaciones con las alumnas o caso contrario. El docente está para educar y no para enamorar.

Claudia Hoyos, madre (Neira): Como funcionario debe tener unos protocolos que cumplir con relación a los derechos, deberes y obligaciones y lo más importante es respetar la condición de docente y la condición del alumno. No está bien visto que el profesor enamore a sus alumnas.

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